El art. 48 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (LOIEMH), establece que todas las empresas deberán promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual o el acoso por razón de sexo, y arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto del mismo. En este sentido, el Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades pone a disposición de las empresas este nuevo Manual.
En nuestro país se han producido en las últimas décadas importantes avances en la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, especialmente destacable la incorporación masiva de las mujeres al mercado de trabajo y el incremento de su presencia en las esferas política, civil, económica, social y cultural.
A pesar de los evidentes y constatables progresos que han tenido lugar en materia de igualdad entre ambos sexos, se siguen produciendo situaciones de desventaja de las mujeres respecto a los hombres en el acceso y la permanencia en el mercado laboral y en las condiciones de trabajo, tal y como revelan los hechos de un mayor índice de inestabilidad en el empleo y en la tasa de temporalidad, reducida representación en puestos directivos y de responsabilidad, menor retribución frente a los hombres al desempeñar trabajos similares, etc.
Por otro lado, la violencia que las mujeres sufren en el ámbito privado se puede extender también al ámbito público, y más concretamente al ámbito laboral, generando, precisamente por las diversas facetas que contribuyen a su situación de desventaja, las condiciones propicias para que se desarrolle el acoso sexual o el acoso por razón de sexo en el trabajo.
De ahí que cada vez sea mayor la conciencia y la sensibilización de trabajadores, trabajadoras, empresas, instituciones, agentes sociales y ciudadanía en su conjunto respecto a la prevención y erradicación de este tipo de conductas en el trabajo y al logro de unas condiciones laborales que respeten y garanticen la dignidad de las personas.
Dentro de las actuaciones que realiza el Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades se ofrece asesoramiento y apoyo para facilitar a las empresas la obligación de implantación de medidas en esta materia. Por ello, este manual trata de ser una hoja de ruta que guie y les facilite la elaboración de un procedimiento/protocolo para la prevención y el tratamiento del acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo y dotarles de una herramienta que les ayude a la implantación de las medidas preventivas necesarias para erradicar estas conductas del ámbito laboral.
Los propósitos que inspiran esta guía sobre el acoso sexual y por razón de sexo en el ámbito de la empresa son diversos y mutuamente relacionados y coadyuvantes entre sí. Su objetivo fundamental es sensibilizar sobre su realidad, sus causas, sus efectos, su prevención y su adecuado tratamiento, sirviendo además de guía práctica y de referente a las empresas y entidades en diversos aspectos relacionados con la elaboración, implantación y difusión de su propio protocolo de actuación en esta materia, tales como la definición de los comportamientos en los que se manifiesta, los procedimientos para encauzar los casos que pudieran producirse, el régimen sancionador y las consecuencias legales de este tipo de comportamientos, las repercusiones sobre las personas y sobre las propias organizaciones, las responsabilidades y obligaciones de la entidad en esta materia, la normativa de aplicación, etc. Por último, ofrece información sobre otros servicios y recursos que están a disposición de las empresas, así como una serie de documentos y modelos para contribuir a la puesta en marcha de los mecanismos internos adecuados para prevenir y afrontar este tipo de conductas.
Este Manual está concebido para su aplicación general, de tal forma que las pequeñas y medianas empresas podrán adaptar algunas de las recomendaciones concretas que se recogen, en función de sus recursos, estructura y necesidades específicas.
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